INADMISIBLE la demanda interpuesta por el abogado José Gregorio Hernández, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 194.646, con motivo de Acción Merodeclarativa de Unión Estable de Hecho, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Liliana Mireya Bolívar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-7.132.062.