En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud que, por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoara el ciudadano VÍCTOR JOSÉ CARDOZO MONTOYA, titular de la cédula de identidad número 11.812.438, contra PDVSA GAS, S.A., Filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA).-