Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la extinción del proceso seguido por las abogadas Marbely Josefina Rossi de Giannastacio, cédula de identidad No. V- 5.441.581, e inscrita en el Instituto de Previsión Social para el Abogado bajo el Nro. 19.320, y Zoraida Stela Sánchez Moreno, cédula de identidad No. V- 5.440.582, e inscrita en el Instituto de Previsión Social para el Abogado bajo el Nro. 21.055, en su carácter de apoderadas judiciales de la Entidad Mercantil Plaza City C.C. C,A. Notifíquese a la parte actora de la presente decisión, mediante boleta de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, o de manera electrónica. Líbrese boleta.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en l.....