En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, constituido en Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las Abogadas MILITZI NAVA y SANDRA VALBUENA, con el carácter de apoderadas judiciales de los presuntos agraviados. Así se decide.
CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 12 de agosto de 2011, que declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional planteada por los ciudadanos ALBERT JOSE SALCEDO, ALEXIS H. HEREDIA, ANHEISON GOMEZ, ANGELA M. RODRIGUEZ, CARLOS E BACALLAO, CARLOS GERMAN ZABALA, ELIU SAÚL LORETO BAPTISTA, FREDDY ANTONIO ARIAS, INMER ALBERTO CORONADO, JOAN DESSIRE ROMERO, JORGE HERNAND.....