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Decisiones del dia 14/08/2025

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2025-000331DM N° Sentencia : PJ0082025000097 Fecha: 14/08/2025
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE: AMBAR CAROLINA MORALES DE LUGO
Resumen:
-III- Este Tribunal para pronunciarse sobre el mismo, hace previamente las siguientes consideraciones: Establece el Código de Procedimiento Civil acerca de los justificativos de testigos o diligencias destinadas a comprobar un hecho o que declaren bastantes para asegurar la posesión o algún derecho en sus artículos 936 y 937 que: "Artículo 936: Cualquier Juez Civil es competente para instruir las justificaciones y diligencias dirigidas a la comprobación de algún hecho o algún derecho propio del interesado en ellas. El procedimiento se reducirá a acordar, el mismo día en que se promuevan, lo necesario para practicarlas; concluidas, se entregarán al solicitante sin decreto alguno". "Artículo 937: Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastantes para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición s.....
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2025-000329DM N° Sentencia : PJ0082025000096 Fecha: 14/08/2025
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
SOLICITANTE: JOSÉ ALBERTO SUAREZ GÓMEZ
Resumen:
Ahora bien, estudiado el caso en cuestión con las probanzas evacuadas, este Tribunal las considera suficientes para declarar el derecho de propiedad que se acredita al ciudadano José Alberto Suarez Gómez, venezolano, titular de la cedula de identidad No V-19.041.614, y por tratarse de un procedimiento de Jurisdicción no contenciosa o voluntaria, se dejan salvo los derechos que pudiesen tener terceros sobre las referidas bienhechurías, así se dictaminará en el decreto de esta decisión. Atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE. Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia digitalizada en el copiador correspondiente. Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho de este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CI.....
Juez/Ponente:
Nuelvia Vanneza Garcia Nuñez
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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