Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de divorcio por desafecto, presentada por la ciudadana JOILETH GERALDINE JURADO PACHECO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nro. V-18.773.015, asistida por el abogado ESTELMA LUCILA SANCHEZ ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 280.045 contra el ciudadano JOSÉ LUIS ÁLVAREZ CASTELLANO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.802.286, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, en su ordinal primero y de conformidad con la Jurisprudencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 22/05/2008, Exp. AA20-C-2007-000815 (caso: MARIOLGA QUINTERO TIRADO y NILYAN SANTANA LONGA). Así se decide.
Por la naturaleza de la presente decisión no .....