´II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado SALIM RICHANI GUTIERREZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA LAS 5 R. C.A., en contra del auto dictado el 20 de junio de 2025 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó escuchar la apelación interpuesta en contra Del auto que admitió las pruebas de fecha 12 de junio de 2025.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
A los efectos de preservar la unidad del expediente, se ordena la remisión de este al Juzgado Segundo de Primera Instancia en .....