DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los ciudadanos y ciudadanas, de la República Bolivariana de Venezuela y la autoridad que le confiere la ley declara: CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana IRENE ANTONIA MEJIAS BETANCOURT, madre de los niños y/o adolescentes: OMITE en contra del ciudadano: ALBERTO ANTONIO GONZALEZ MEDINA. En consecuencia se condena al demandado al pago de los siguientes conceptos: PRIMERO: A pagar incondicionalmente a los niños demandantes, el porcentaje equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%), mensual, de su sueldo o salario o cualquier remuneración que perciba. Este monto, será incrementado proporcionalmente, en forma automática en la misma medida y proporción en que se increment.....