ambas partes han llegado a la materialización de un acuerdo a través del cual la parte demandada conviene en cancelar en este acto la suma de NOVECIENTOS CUARENTA BOLÍVARES (Bs. F 940,00); cuyo monto se cancela en este acto en un único pago a través de un instrumento cambiario girado contra la entidad CORP BANCA, a la fecha de hoy a la orden del actor de auto ciudadano LUIS OSCAR ALBIZU, que en copia simple se anexa a la presente acto, el accionante estando presente como se encuentra manifiesta aceptar el monto ofertado y la suscripción del presente acuerdo transaccional, libre de coacción y apremio. Con el acuerdo del pago producido en este Acto se da por terminado el presente procedimiento y se satisfacen todos y cada uno de los conceptos de la pretensión representados por la ANTIGÜEDAD, VACACIONES VENCIDAS, VACACIONES FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL VENCIDA, BONO VACACIONAL FRACCIONADO, UTILIDADES FRACCIONADAS E IMPAGAS y LA INDEMNIZACIÓM POR DESPIDO, CESTA TICKET y DIFERENCIA D.....