Se dictó auto revocando la medida cautelar sustitutiva de libertad decretada en contra de JUAN JOSÉ LÓPEZ NUÑEZ y en su lugar se decretó medida de privación de libertad ordenándose librar la correspondiente boleta de privación de libertad y remitirla con oficio a la Brigada de Capturas del CICPC, Subdelegación Carabobo.