VII
DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: REVOCA la MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA dictada en fecha 14/02/2023 a favor de la COOPERATIVA "EL PORTAL DEL AGUA, R.L", identificada con el RIF N° J-29881488-8, inscrita por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Naguanagua y San Diego bajo el N° 39, folio 1 al 8, Tomo 21, de fecha 10 de marzo de 2010, representada en este acto por la ciudadana OFELIA JASMIN RINCONES PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.468.426, actuando en su carácter de Presidenta y Representante Legal de la Sociedad de Comercio con domicilio en el Sector La Cumaca, Parroquia San Diego, Municipio .....