JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 13 de Febrero de 2014
203º y 154º
Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 21 de Enero de 2014, por los Ciudadanos: LONGA ISKER MARINA Y CELIS MARTINEZ RAFAEL ANTONIO, Venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-7.236.752 y V-4.628.533, Asistidos por la abogada: MIRIAM OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 113.368, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho y se habilita todo el tiempo que sea necesario a los fines de la tramitación y sustanciación de la presente solicitud, de conformidad con la Resolución Nº 2012-0021 de fecha 08 de Agosto de 2012 Emanada del Tribun.....