Declara el Decaimiento del Recurso de Invalidación, por perdida sobrevenida del interés procesal en virtud del tiempo transcurrido (3) años (10) meses y (25) días sin que haya sido posible la notificación del recurrido, siendo la ultima actuación de la parte recurrente en fecha 18 de febrero 2010 folio ( 39 )en consecuencia se establece la falta de interés de la parte recurrente por falta de impulso procesal en el Recurso de Invalidación en contra de la Sentencia definitivamente firme dictada por ante este tribunal de fecha 17 de Julio del año 2008, (expediente N° GP02-L-2007-2158) que incoara la abogado LUISA MARQUEZ UTRERA,