Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Jhonny Alberto Rojas Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 21.201.439, asistido por el abogado Jamil Alirio Fernández Velásquez, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 101.224
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Jhonny Alberto Rojas Reyes y María Alejandra Guerra Castillo, en fecha 09 de junio de 2015, tal como se evidencia de acta de matrimonio emanada de la Oficina de Registro Civil Parroquia Candelaria, Municipio Valencia, estado Carabobo
Regístrese, publíquese la an.....