En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, constituido en Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FERNANDO CURIEL, con el carácter de apoderado judicial de la presunta agraviada. Así se decide.
CONFIRMA con diferente motivación la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 20 de septiembre de 2013, que declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional planteada por la entidad mercantil ALMACENADORA UNICAR C.A., en contra de Ciudadana Inspectora del Trabajo (Jefe) de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo, abogado JUDITH MOCO LEIVA, de las característ.....