Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE, la solicitud de reapertura por parte de la víctima en el presente asunto, relacionado con el ciudadano JOSE GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº 2.671.529. Notifíquese a las partes y ofíciese lo conducente, con la finalidad remitir la presente causa al archivo central para su posterior remisión al archivo judicial en el lapso legal correspondiente. Diarícese, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. CÚMPLASE
Juez Primero Temporal de Control
Abg. Aelohim de Jesús Herrera A.
La Secretaria
Abg. María Eugenia Blanco