Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada LESVIA HENRIQUEZ PANTOJA, debidamente inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 31.257, con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos demandantes JOSE RAFAEL COLINA SARMIENTO, ALEXIS EDUARDO DI CARLO MANRIQUE, JESUS ANTONIO ARISMENDI BRUZUAL, JUAN CARLOS SANGRONA HIDALGO, JOSE GABRIEL VALDESPINO BRITO, DARWIN JOSE NARVAEZ LOVERA, WILLIAM EDISON JIMENEZ LOPEZ, EDUARDO ALFREDO LEON SILVA, GILBERTO JENNY ALVAREZ MEIRA y MIGUEL A MORILLO S. Y así se decide.
REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripció.....