En consecuencia, en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la TERCERÍA intentada por los ciudadanos PIRAIKHA J. GARCÍA Y MIGUEL EDUARDO GARCÍA RODRÍGUEZ, ya identificados.