Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA del documento privado formulado por la Sociedad Mercantil DOÑA OMAR 7, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 12 de abril del 2013, bajo el N° 25, Tomo 44-A 314, RIF: J-402318898, debidamente representada por la ciudadana DIANA MELISA PEREZ BEYODA, extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad E- 84.605.690, asistida por la abogada LEYMAR CHIQUINQUIRA URDANETA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 309.397, en la demanda que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIV.....