Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR, recurso de apelación planteado por el abogado JOSE R. VARGAS SANCHEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE LEONARDO HERNANDEZ PADILLA (†). Así se establece.
CON LUGAR, el recurso de apelación planteado por el abogado DANIEL ALEJANDRO OJEDA RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la demandada CORPORACION ELECTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC). Así se establece.
REVOCA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 23 de julio de 2015, que declaró parcialmente con lugar, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y ajuste de jubilación, incoada por el ciudadano JOSE LEONARDO HERNANDEZ PADILLA, .....