Del análisis efectuado se evidencia que, de conformidad con lo establecido en el literal B del Articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, cuando señala: "Articulo 383.- Extinción. La obligación alimentaría se extingue:...b) por haber alcanzado la mayoría de edad el beneficiario de la misma, excepto que padezca deficiencias físicas o mentales que lo incapaciten para proveer su propio sustento o cuando se encuentre cursando estudios que, por su naturaleza, le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación puede extenderse hasta los veinticinco años de edad, previa aprobación judicial...", en el caso que quien aquí juzga considera que ya los beneficiarios de la obligación alimentaría son mayores de edad... , es por lo que ésta, debe declarar en la dispositiva EXTINGIDO el presente proceso. Y ASI SE DECIDE.
III
DISPOSITIVA
En atención a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de.....