DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO RIVERO GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.310.962, representado por sus apoderadas judiciales CINDY HERNANDEZ Y KEILA VARGAS, identificadas plenamente en autos, por concepto COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la entidad mercantil NAVIERA CUMBOTO C.A, representada por su apoderada Abogada, VERÓNICA ZAMBRANO, identificada en autos.
En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar a la parte accionante, la cantidad total de Ciento Sesenta y Dos Mil Trescientos Setenta y Tres Bolívares con Catorce Céntimos, además lo que resulte de experticia complementari.....