Con base en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, con competencia en los estados Aragua, Carabobo y Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano, EDGAR EDUARDO VILLALONGA JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.242.739, actuando como Director de la Sociedad Mercantil GRUPO LOGIPUERTOS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 30 de marzo de 2015, bajo el Nº 06, Tomo 12-A, Expediente 316-5497, debidamente inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) Nº J-405574770, con domicilio en la Avenida Juan José Flores, Centro Comercial Campo Alegre, Nivel 01, Oficina C-1, Puerto Cabello, Estado Carabobo; debidamente asistido por el abogado NELSON ROLANDO TROMP PETIT, inscrito en el Instituto de Prev.....