En consecuencia, me INHIBO del conocimiento del Asunto contenido en el Cuaderno de inhibición identificado con el Nº GHOA-X-2017-000009, por lo que debo desprenderme del conocimiento de la causa, dejando transcurrir el lapso de dos (2) días para que las partes formulen el allanamiento respectivo, a fin de proceder a tramitar lo conducente (Vid. Sentencia, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, 07 de Abril de 2000, ponente Magistrado Dr. José m. Delgado Ocando. N° 716-00).
En tal sentido, a los fines de la continuación del curso legal del presente Cuaderno de inhibición, se acuerda oficiar a la Coordinación Judicial del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo Sede Valencia, a los fines de que se sirva gestionar y tramitar la designación de un(a) Juez(a) Accidental de causas para el conocimiento de la inhibición planteada por quien suscribe en el cuaderno de inhibición signado con el Nº GCO3-X-2017-000.....