Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS referido al ejercicio del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana LOLA RINCÓN DE PÉREZ, en contra de la sentencia dictada el 26 de enero de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo que declaró sin lugar la demanda, la cual en consecuencia queda confirmada.