Por los fundamentos expuestos este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial laboral del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1) Parcialmente Con Lugar, la demanda que por Cobro de Prestaciones que intentara el ciudadano LUIS RAMÓN FENEITTE COHEN en contra de la entidad de trabajo CATANIA HIPERMERCADO C.A
2) Se condena, a la parte demandada, a pagarle a la parte actora la cantidad de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUTROCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 136.461,39)
3) No SE condena en costa a la parte demandada de la naturaleza del fallo
Si la demandada no cumpliere voluntariamente el Tribunal al que corresponda la ejecución del fallo aplicará lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El cálculo se hará mediante experticia comple.....