DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ANULA DE OFICIO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 174, 175 Y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión emitida en fecha 12/09/2025, emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en contra de los ciudadanos 1.- CARLOS EDUARDO QUINTANA GARCÍA, 2.- JESÚS DAVID CARVALLO DELGADO y 3.- RAFAEL ALEXANDER LIRA, titulares de la cédula de identidad N° 26.580.267, 24.643.695 y 32.304.004, quienes fueron imputados por la representación fiscal con la precalificación jurídica de COAUTORES EN EL DELITO DE TRÁFICO AGRAVADO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALID.....