En mérito de las antes consideraciones este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA RECUSACIÓN propuesta por la ciudadana ANDREA ROJAS POLO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.399.071, debidamente asistida por el Abogado Jesús Gómez, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 131.362, en contra de la abogada EDUARDA DEL CARMEN GIL, Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Por cuanto contra la presente decisión no se admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente cuaderno con oficio al Tr.....