Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ORDENA la juramentación del ciudadano Henrique Fernando Salas Feo, como Gobernador del Estado Carabobo, en el lapso comprendido entre la fecha de publicación de esta sentencia y el día 18 diciembre 2008, décimo día del lapso establecido en el artículo 62 de la Constitución del Estado Carabobo. A tal efecto, SE EXHORTA al Gobernador electo y la Junta Directiva del Consejo Legislativo del Estado Carabobo, designada el día 8 diciembre 2008, a fijar, de común acuerdo, la fecha para la celebración de la sesión parlamentaria correspondiente, en el referido lapso. Si "por cualquier circunstancia" no puede juramentarse en esa fecha, quedará habilitado para juramentarse ante la ciudadana Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.....