En consecuencia en aras de la seguridad jurídica, de la sanidad de la sentencia y a los fines de subsanar el preseñalado error en la trascripción integra del fallo se ordena rectificar el mismo contenido en la Sentencia publicada en fecha 08 de Diciembre del año 2006, específicamente en el folio 98 cuando en la dispositiva se trascribe: "CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN...", cuando lo cierto es "SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN...". Quedando así corregido el error involuntario de trascripción al folio 98 de la referida sentencia.