V.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara : HUGO ALEXANDER GARCÍA LOZADA y NAYIBE MARIELBA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.926.965 y V-16.152.898, ambos de este domicilio,debidamente asistido por la abogada MARÍA MARTINA SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 161.084 Funcionaria Pública adscrita al Programa del Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia.; a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y en la sentencia 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de junio de 2015, en el expediente N.....