Se admite la pretensión de Nulidad, y se dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: Procedente la medida de amparo constitucional cautelar solicitada por la abogada IDA JOSEFINA CANELÓN MONTILLA, antes identificada, en nombre y representación de la entidad de trabajo MONDELEZ VZ, C.A. (antes KRAFT FOODS Venezuela, C.A.)y, en consecuencia, se suspenden los efectos de los Actos Administrativos indicados en la sentencia. Dicha suspensión temporal, tendrá vigencia a partir de la publicación de la presente sentencia, hasta tanto se decida el fondo de la controversia. En consecuencia, se ordena la suspensión de toda medida administrativa de multa, o su ejecución, así como cualquier otra medida por desacato en contra de la entidad de trabajo MONDELEZ VZ, C.A., (antes KRAFT FOODS Venezuela, C.A.), y tendrá vigencia a partir de la publicación de la presente sentencia, hasta tanto se decida el fondo del asunto.