PRIMERO:  DECLARA  CON LUGAR el  recurso de apelación ejercido por los  profesionales del derecho Debomnis Peralta en su condición de Fiscal Décimo Auxiliar y Jaibeth Sanoja de Rancel, Fiscal  Auxiliar Séptima en colaboración en la Fiscalia Décima  del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en contra de las decisiones de fecha 24-04-2009 y 27-04-2009,   dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual SUSTITUYÓ LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada a los  imputados Wilmer Sánchez Amado y Javier Aponte, POR  MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en la investigación distinguida con el número GP01-P-2009-004725 que el estado venezolano le adelanta por la presunta la presunta comisión de los delitos de Extorsión y Agavillamiento, previsto y sancionado en los artículos 459 .....