Se dicto Auto Resolutorio mediante el cual se declara, existe las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle al ANGELO MARIO RAMON CARLOMAGNO MAIORANA, titular de la cédula de identidad Nº V.-4.837.525, Titulo Supletorio sobre unas Bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicadas en la Urbanización La Sorpresa, Avenida 56 entre calles 17 y 18, Casa Nº 17-36, jurisdicción de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original. Se ordeno también dejar copia del auto resolutorio dictado en el copiador de resoluciones autónomas.