CON LUGAR la presente demanda con motivo de Cobro de Bolívares vía Intimatoria, intentada por la abogada Ingrid Méndez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 121.533, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES GIOMAR 13, C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, bajo el No. 170, Tomo 8-A RM 315, en fecha 10 de febrero de 2020, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES LUIS KAR C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Cuarto del Estado Zulia, bajo el No. 36, Tomo 41 A RM 4°, de fecha 24 de abril de 2013.
Se condena a la parte intimada pagar a la parte demandante, la cantidad de dieciséis mil quinientos noventa y cinco dólares de los Estados Unidos de América con setenta y nueve centavos (USD. 16.595,79), por concepto del monto total de la deuda.
Se condena a la parte intimada pagar a la parte demandante, la cantidad de novecientos cincuenta y cuatro dólares d.....