este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBOadministrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el divorcio de los ciudadanos MILEIDA TERESITA CAMARGO DE GUTIÉRREZ y VÍCTOR JESÚS GUTIÉRREZ RONDÓN venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-9.519.416 y V-2.642.679 respectivamente y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, según acta de matrimonio insertada en los libros de matrimonio llevados por ante la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Buchivacoa del estado Falcón, en fecha 25 de Diciembre de 1.988, según consta en acta de Matrimonio N° 07, del año 1988.
Particípese al Registro Civil correspondiente, así como al Registro Principal del estado, una vez quede firme la sentencia y se de.....