DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para seguir conociendo de la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO requerido por la Ciudadana HERMEREGILDA ALFORJA SUESCUN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.114.208, debidamente asistida por el abogado en ejercicio REDER EVANDRO SUAREZ LUGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nro. 256.388 y en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA al JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, a los fines legales consiguientes, en aras de no violar Principios Procesales.
Una vez quede firme la present.....