Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: CONDENA al acusado: TORRE AMAYA JOSE RAFAEL, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 24-01-1985, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 18.166.955, de 36 años de edad, de profesión u oficio Funcionario Público del SENIAT, estado civil: Soltero, residenciado en: Urbanización Santa Inés Avenida 03, Casa N° 45, Parroquia Rafael Urdaneta Municipio Valencia estado Carabobo, a cumplir la Pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16.1 del Código Penal, asimismo de impone la pena de Multa del 50% del valor dada, debiendo cancelar al fisco Nacional la cantidad de Veinte (20$) dólares o en sus defecto el valor en Bs al banco Central de Venezuela para el Momen.....