En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara procedente la medida cautelar solicitada con motivo de la demanda seguida por la ciudadana YULI COROMOTO LAMEDA SAAVEDRA contra BASEMA DISTRIBUIDORA, C.A.