En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, interpuesto por el ciudadano RICARDO ENRIQUE BELLO FEO, asistido por el abogado CARYL SILVA ARMAS, en el presente juicio.
Líbrese Oficio al Juzgado "a-quo" informándole sobre las resultas del presente fallo.
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