En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de divorcio se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos LILIANA MARGARITA MARIN LANDAETA y ALFREDO HERRERA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.045.166 y V-8.611.650, por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia, Estado Carabobo, según se evidencia en acta de matrimonio bajo el Nº 96, tomo I, Año 1999.
Segundo: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anexándoles c.....