este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como: UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de: FELIX DE VALOIS MUNDINES RENGIFO, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cedula de identidad Nº V-3.303.017, de este domicilio; sobre unas bienhechurías construidas en una extensión de terreno de su propiedad que mide UN MIL SIETE CON CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (1007.58 Mts2), ubicado en la calle Comercio Nº 52, del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo. Con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 28.68 mts., con calle comercio; SUR: En 25.00 Mts. Con Manuel Valera; ESTE: en 38.80 Mts. Con German Rivero, y OESTE: En 36.55 Mts. Con Giussepina Barachi. Dichas bienhechurías consistentes en un local comercial cuya área especifica para ello es de Trece metros (13,00 mts) de largo con Once metros (11,00 mts) de ancho y sus características son las siguientes: fund.....