En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de CONSTITUCIÓN DE HOGAR, presentada por los ciudadanos JAVIER GOMES DA SILVA EGUIA y NEYRA DE JESÚS BRANDT GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.514.766 y V-12.105.602 respectivamente, y ambos de este domicilio, a través de su apoderada judicial, Abogada DESIREE ALEJANDRA MORENO NAVARRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.329; de conformidad con el artículo 639 del Código Civil. SEGUNDO: SE DECLARA CONSTITUIDO EL HOGAR a favor de los ciudadanos JAVIER GOMES DA SILV.....