En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la tacha propuesta por la parte demandante respecto del documento promovido por la codemandada COSMÉTICOS MELENITA, C.A. al folio "03" de la pieza separada Nº 02 del expediente;
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OLIVE JOSÉ RIERA contra los ciudadanos JORGE ALFREDO HALABI BECHARA e INGRID HAGGAR DE HALABI;
TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OLIVE JOSÉ RIERA contra CORPORACIÓN JANELI, C.A., por conceptos derivados de la relación laboral;
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OLIVE JOSÉ RIERA contra COSMÉTICOS MELENITA, C.A. por conceptos derivados de la relación labor.....