este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Inadmisible la demanda por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana SILVINA FAJARDO, antes identificada, debidamente asistida por la abogada CARMEN DE LIMA LEON, Inscrita en el IPSA, bajo el numero 94.915, contra los ciudadanos RAFAEL EUGENIO VILLAMEDIANA MORENO y ALICIA VICTORIA GONZALEZ MANBEL