DECLARA CON LUGAR la solicitud de examen y revisión presentada por la Defensora Pública del ciudadano JEAN CARLOS MEDINA, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264, en relación con el artículo 256 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se materializará la Libertad, una vez concretado el traslado y la firma del Acta Compromiso, por parte del Imputado, así mismo de la Constitución de Custodia familiar y de ser posible del director o persona responsable del Centro de Rehabilitación propuesto por la defensa.