En razón de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la CUANTÍA, para conocer de la demanda interpuesta por la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA ENLAVICA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 33, Tomo 108-A, a través de su apoderada judicial la abogada EUDYS MARA GÓMEZ MUÑOZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 306.474; en contra de la Sociedad Mercantil SERVICIOS EXCELENCIA GIMIVA. C.A. RIF: J-296533407, representada por su propietario y accionista, el ciudadano JOSÉ MIGUEL MARQUEZ PALERMO, venezolan.....