VI. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente decreto conforme a los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente solicitud de MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROPRODUCTIVA.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROPRODUCTIVA, a favor de la Compañía Anónima Barrera ( en lo sucesivo C.A BARRERA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fechas 25/06/198, Nº 68, Tomo 112-B; 25/06/1996, Nº 20, TOMO 75-A; 25/06/1996, Bajo el Nº 23, Tomo 75-A, e inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-07501002-7, por un lapso DE DOCE (12) MESES, contados a partir de la presente .....