En mérito a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACION, interpuesta por el ciudadano GABRIEL ANTONIO OSORIO BAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.148.201, mediante su apoderado judicial FELICIANO MONTES PEREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 42.876, en contra de la Abogada MARIA ALEJANDRA RUFO, Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Sede Valencia. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. Y ASÍ SE DECIDE.
Líbrese los Oficios. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sell.....