AUTO DE ADMISION.
Vista la anterior solicitud, presentada por el ciudadano CARLOS ANTONIO CONCEPCION HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.651.434, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL GUILLERMO MALUENGA HURTADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 6281, en la cual interpone ACCIÓN AUTÓNOMA DE TUTELA CAUTELAR AGRARIA, éste Juzgado Agrario, LA ADMITE A SUSTANCIANCION, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de La Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, haciéndole saber al solicitante, así como a todos los interesados que en la presente acción, el trámite procedimental a desarrollarse, es el previsto en el artículo 243 y siguientes de la mencionada Ley, relativos al procedimiento cautelar, ello sin menoscabo de las prerrogativas jurisdiccionales establecidas en el TITULO V de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y las disposiciones establecidas en el Código de Pr.....